Según establece el R.D. 1254/1999 y modificaciones posteriores (R.D. 119/2005 y R.D. 948/2005), las empresas que tengan sustancias peligrosas en sus instalaciones deben controlar los riesgos asociados a dichas sustancias alcanzando un alto nivel de protección para las personas, los bienes y el Medio Ambiente.
La presencia en determinados establecimientos de sustancias peligrosas implica una situación de riesgo inmediato o diferido tanto en el interior como en el exterior de estos establecimientos. Por ello, los industriales afectados deben:
Todas las empresas donde exista presencia de sustancias peligrosas en cantidad superior a las recogidas en el Anexo I del R.D. 948/2005